Habitualmente, las entidades financieras, ante impagos de los consumidores, atendiendo al carácter vinculante de los contratos suscritos y obviando la nulidad de tales contratos o de algunas de las cláusulas contenidas en los mismos, demandan a sus clientes reclamándoles el cobro de cantidades pendientes.

En ABOGADOS LEGALSHA, una vez los clientes nos informan de la demanda interpuesta en su contra, procedemos al estudio pormenorizado del asunto, diseñamos la estrategia más conveniente y nos oponemos argumentando todas las razones que puedan conducir a la desestimación de la demanda interpuesta por la entidad financiera. 

Los resultados obtenidos en este tipo de procedimientos son altamente satisfactorios. Un claro ejemplo de la anterior afirmación, lo encontramos en la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Bilbao en un juicio monitorio donde nuestro cliente había sido demandado por la entidad BULNES CAPITAL, a la que se había cedido el crédito por la titular originaria del contrato, TWINERO, S.L.,derivando posteriormente el juicio monitorio inicial, en un juicio verbal.

En el referido procedimiento, se reclamaba a nuestro cliente el importe de MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS (1.296,00 €).

Por nuestra parte, una vez analizada minuciosamente la demanda interpuesta por BULNES CAPITAL, S.L., se formuló escrito de oposición en el que poníamos de manifiesto la temeridad de la entidad demandante, que no sólo no había acreditado la existencia de la deuda, sino que además, no había acreditado la entrega de suma alguna al demandado.

Finalmente, el juicio verbal en el que había derivado el procedimiento monitorio inicial fue resuelto mediante sentencia, en la que se acogen todas y cada una de las alegaciones contenidas en nuestro escrito de oposición, recogiendo textualmente la sentencia:

Y finalmente, resuelve:  

En definitiva, las entidades financieras, cuando demandan a sus clientes reclamándoles deudas derivadas de los contratos suscritos con ellos, con independencia de que la deuda exista,  suelen actuar con total temeridad e impericia y no se molestan en aportar los documentos que acreditan la relación contractual  o la realidad de la cantidad reclamada, cantidad  que en muchos casos se encuentra incluso mal cuantificada, no sólo porque se han tenido en cuenta cláusulas abusivas a la hora de cuantificar la deuda, sino también porque los cálculos resultan erróneos. 

Si has sido demandado, no te aquietes, actúa, contacta con nosotros para conocer la viabilidad de tu oposición y defiéndete con todas las garantías, en Abogados Legalsha tendrás a tu disposición un equipo de profesionales expertos en la materia y que han obtenido resultados inmejorables en procedimientos similares.

Pablo Abad Rodríguez
Abogado de DEFENSA & JURIDICA LEGALSHA S. L.