Todo el mundo ha oído hablar alguna vez sobre la temida lista de morosos, en la que puedes verte inmerso, cuando dejas de pagar una factura (con una cuantía mayor de 50 euros).

En España hay varias, pero sin duda, la más consultada por las entidades financieras es la ASNEF-EQUIFAX (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito), anteriormente conocida como Asociación Nacional de Entidades de Financiación, y considerada en la actualidad, como la mayor lista de morosos de nuestro país.

En este archivo, se registran las deudas con entidades bancarias, telefonía, fondos buitre, empresas de suministros y aseguradoras. Formar parte de este fichero, trae consigo serios inconvenientes si, por ejemplo, tienes pensado solicitar algún tipo de crédito, pues los bancos, acuden a estos archivos para consultar la solvencia crediticia de las personas. A pesar de esto, ciertas empresas, sí que conceden anticipos a personas que se encuentren en el listado, pero, cabe resaltar que, los intereses a devolver son mucho más elevados de lo normal.

Asimismo, si vas a adquirir un vehículo, alquilar una vivienda o solicitar cualquier servicio que lleve consigo una viabilidad económica, estar inmerso en este fichero, también va a ser un gran inconveniente para ello.

¿Cómo saber si ASNEF me ha incluido en su archivo?

Desde que se produce una deuda previa cierta, vencida y exigible, el acreedor tiene un plazo de 30 días para notificarle al deudor su situación. Una vez se recibe la notificación postal, el deudor, puede acceder a la página web (mediante la referencia proporcionada en la carta) y conocer los detalles de la deuda originaria de su incursión en la lista.

También puede darse la situación de que, el deudor, no reciba la notificación, pero sospeche que puede estar incluido en la lista. En este caso, puede ponerse en contacto (vía telefónica o email) o acudir a Equifax para conocer su estado. Existe también, la posibilidad de realizar la consulta de manera online, cumplimentando un formulario de solicitud. Este proceso, requiere adjuntar una fotocopia del DNI o del pasaporte y una dirección de correo electrónico para recibir la respuesta.

Sentencias por inclusión indebida

Por otro lado, también existen casos de personas que se ven inmersas en este tipo de ficheros, sin tener ninguna deuda. En situaciones como esta, existen varias sentencias que condenan a la ASNEF o a la compañía responsable de la inscripción, por inclusión indebida. Tal es el caso recogido en una sentencia 65/2020, de 23 de abril de 2020, pero no conocida hasta este mismo año. En ella, se determina que Equifax Ibérica S.L. vulneró el derecho al honor de la empresa ‘Infinitus Rent S.A. ‘por la inclusión indebida en el registro ASNEF EMPRESAS.

En el fallo, la juez condena a Equifax con la retirada de las inscripciones erróneamente incluidas en el fichero de morosos y a la entrega a ‘Infinitus Rent´ de los beneficios obtenidos a raíz de tal suministro de información, además del pago de 15.000€ por año y la condena en costas a la parte demandada por mala fe.

Otro caso a destacar, es el recogido en la sentencia 75/22, de 23 de febrero de 2022, en la que el fallo condena a Telefónica, al pago de 12.000 euros por inclusión indebida en la ASNEF. Un particular, necesitaba un crédito para financiar su coche y al ver que no se lo concedían, al acudir a su entidad bancaria se entera de que sus datos están incluidos en el mencionado fichero. En su día, había sido cliente de Digital Plus y su baja se cursó sin problemas.

El afectado contactó con Telefónica, entonces en proceso de absorber a la mencionada Digital Plus, y como no le acreditaron la deuda, optó por solicitar (sin éxito) a ASNEF, la cancelación de sus datos personales. El afectado permaneció en ASNEF durante tres años y esto le causó un daño a su derecho al honor. Tras acudir a la vía judicial, el fallo otorgó la razón al damnificado y condenó a la empresa a 12.000 euros en concepto de indemnización por los daños causados a su honor, además del pago de las costas.

En Abogados Legalsha estamos trabajando para ampliar nuestros servicios jurídicos y dar cabida a este tipo de casos, que atentan contra la intromisión al derecho al honor. No te pierdas nuestras publicaciones en redes sociales donde pronto daremos más información sobre el tema.

Adriana Fernández Ruiz
Dpto. Comunicación de DEFENSA & JURIDICA LEGALSHA S. L.